19 mar 2025

¿Cómo afecta a una pyme la nueva Ley Antifraude?

La nueva Ley Antifraude introduce una serie de importantes novedades en el registro fiscal de las empresas que es importante conocer, ya que algunos cambios deberán implementarse de manera obligatoria en los próximos meses. El objetivo es favorecer una mayor transparencia fiscal que camine en beneficio de la tarea supervisora de Hacienda.

Carlos Sánchez - Colaborador de Asesores de Pymes externo a Cesce

 

Aunque la aplicación de la nueva Ley Antifraude pueda parecer una novedad, lo cierto es que se trata de una Directiva europea ya con cierta antigüedad, la 2016/1164, destinada principalmente a abordar el fraude fiscal. La nueva normativa que se aplica en España ha sido impulsada por el Ministerio de Hacienda y, desde el punto de las empresas, una de sus principales novedades es la obligación que se establece en relación a que el software de facturación garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas.

En concreto, tal y como han analizado firmas como Wolters Kluwer, el software de facturación deberá, a partir de ahora, guardar un registro por cada factura expedida y además llevar un registro de los principales eventos que se produzcan en el sistema informático. Toda esta información se almacenará sin permitir alteraciones garantizando su conservación.

Además, tendrá que ser posible remitirla de forma voluntaria y automática a la Administración Tributaria desde el propio software, o bien, de no hacerlo, deberá realizarse la firma digital de cada registro que se genere en la aplicación, para que dichos registros queden a disposición de la AEAT en caso de solicitarlo.

En realidad, en lo que incide la nueva Ley Antifraude es en dar un paso más en el cumplimiento de la Ley General Tributaria, de cara a favorecer una mayor trazabilidad de los datos por parte de Hacienda.

Facturación

En cuanto a la facturación comercial, las empresas tendrán que garantizar que es posible generar una factura y su correspondiente anotación en el sistema informático. En este sentido, el software que utilice la compañía deberá asegurar que tiene la capacidad de guardar un registro de estas facturas, garantizando que no es posible su alteración ni ninguna anotación que pueda modificar la legalidad de estos documentos.

Además, la ley señala que todas las empresas que utilicen software de facturación para su relación con la Administración Tributaria tendrán que adaptar su programación a los requisitos antes de julio de 2025. Por ejemplo, el software también tendrá que ser capaz de permitir a Hacienda el acceso inmediato a su base de datos y poder llevar a cabo la extracción de los datos registrados que sean pertinentes.

El sistema también tendrá que disponer de un registro de eventos, que deberán conservarse hasta que finalicen los periodos de prescripción previstos por Hacienda.

Pagos en efectivo

La nueva Ley Antifraude también concreta los pagos máximos en efectivos requeridos para evitar el fraude fiscal de la siguiente manera:

  • Si en una operación interviene un empresario o un profesional, la limitación del pago en efectivo para determinadas actividades económicas pasa de 2.500 a 1.000 euros.
  • Para particulares con domicilio fiscal fuera de España, el límite de pago en efectivo disminuye de 15.000 a 10.000 euros.

Además, para aparecer en el listado de deudores, el umbral se reduce del millón a los 600.000 euros. También se aborda el concepto de paraísos fiscales, cuya lista se actualizará de manera periódica. Dichos paraísos fiscales se denominan “jurisdicciones no cooperativas” y su vinculación es internacional.

En esta línea también se incide en los denominados software de doble uso que posibilitan trabajar en una contabilidad B. La ley fija un régimen sancionador vinculado a este tipo de software, estableciendo pautas concretas relativas a la producción y a la tenencia de los mismos sin la correcta certificación.

También se hace hincapié en el refuerzo del control fiscal de las criptodivisas. De este modo, se establecen obligaciones de información acerca de las operaciones económicas vinculadas a las monedas virtuales a través de la presentación de un nuevo documento, el Modelo 721.

Socimi y Sicav

En relación al pago del Impuesto de Sociedades, la ley señala:

  • Las Sociedades Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (Socimi), tributan al 15% por sus beneficios no distribuidos.
  • Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav) deben contar con nuevos mecanismos de control, como un requisito de inversión mínima de 2.500 euros. Si la sociedad se ha establecido por compartimentos, la inversión mínima será de 12.500 euros. Paralelamente, el número mínimo de socios será de 100.

Además, se establecen requisitos adicionales en el caso de las Sicav, a efectos de que puedan aplicar un tipo de gravamen del 1%.

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